La Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de Los Ángeles A.G., a través de un oficio enviado con fecha 16 de marzo (2023), presentó a la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC) y al recién electo presidente del Senado la preocupación de las pymes locales ante la difícil situación económica que “los tiene sin flujo de caja para para cancelar tributos y otras obligaciones”.
El presidente del gremio local, Miguel Pezoa Reyes, expuso esta inquietud a Ricardo Mewes, presidente de la CPC, y Juan Antonio Coloma, máxima autoridad del Senado, indicando que “necesitamos una nueva Ley de condonación, que otorgue un mayor alivio tributario, considerando los incendios forestales acontecidos en los meses de enero y febrero recién pasados, y que motivaron la declaración de zona de catástrofe en las regiones de Ñuble, Bio -Bio, y Araucanía”.
Sí se declaró zona de catástrofe a las regiones referidas -declaró Pezoa- “se requiere de una ley que beneficie a todos los habitantes de las regiones afectadas, sin exigir la calidad de comerciantes, pues los incendios forestales afectaron a comerciantes y no comerciantes, a todos los habitantes de la región sin distinguir su condición”.
Actualmente, existe una ley de condonación en vigencia la Ley N° 21. 514, vigente hasta el 30 de abril del presente año, que “sólo beneficia a los contribuyentes de primera categoría que sean pymes, y a los contribuyentes de renta presunta; es decir, no beneficia a los contribuyentes de segunda categoría, y a los chilenos que no son contribuyentes de primera categoría, y a las contribuyentes de primera que son medianas y grandes empresas, y que no cumplen con los requisitos para ser pymes”.
Por lo demás, la Ley 21514 deja fuera todos los impuestos vencidos durante el segundo semestre del año 2022, y los que han vencido durante este año 2023, y muchos de los impuestos que han vencido en febrero y vencerán en los meses de marzo y siguientes tienen su origen en los incendios forestales acontecidos.
Por esto, Miguel Pezoa Reyes reiteró que “se requiere una condonación del 100 % y flexibilidad para los pagos y abonos que se realicen los contribuyentes a los impuestos adeudados, pues la ley de condonación actual no otorga el beneficio de condonación por los abonos que realicen los contribuyentes, sino sólo por el pago total o integro de un impuesto”.
